Imagen: Tomada de Freepik.

Según las leyes de contratación laboral, cualquier persona que tenga empleada a una persona para labores domésticas y del hogar, está en la obligación de afiliar a dicha persona a todas las prestaciones de ley, bajo las siguientes condiciones:

Empleada interna a tiempo completo: Ganará, como mínimo, $908.526 correspondientes al SMLV del año 2021, además de las prestaciones sociales: afiliación a salud, pensión, etc. En este caso el empleador no está obligado a pagar subsidio de transporte.

Empleada a tiempo completo, externa: Su salario mínimo será de $1.014.980, equivalente al pago mínimo y el subsidio de transporte. No se deben olvidar las prestaciones sociales.

Trabajadora doméstica por días: El salario diario es de mínimo $35.331 que corresponde al salario de un día más la proporción del día de descanso obligatorio, además del subsidio de transporte, correspondiente a $3.548 por cada día que preste el servicio y las prestaciones sociales proporcionales a los días trabajados.

Que no sea empleada permanente no exime al empleador de sus obligaciones en salud y pensión.

Véase también: Ministerio de trabajo lanza campaña para erradicar el trabajo infantil en Bogotá

En caso de ser empleado o empleada doméstica y no recibir alguna de estas condiciones, puedes denunciar tu caso en el Ministerio del Trabajo. 

Para ver todas las noticias de Bogotá visite www.conexioncapital.co. Encuéntrenos también en Facebook como Canal Capital.