Una buena noticia para quienes estaban preocupados por el destino de sus créditos educativos es el Decreto 467 del 23 de marzo de 2020. Este plan cobijará a más de 100.000 beneficiarios del Icetex, dando prioridad a las personas  que enfrentan condiciones de vulnerabilidad por motivos de discapacidad, género, condición socio-económica, disminución temporal o definitiva de su fuente de ingresos o problemas de salud derivados de la ocurrencia del coronavirus.

El documento otorga beneficios como período de gracia en cuotas vigentes, reducción transitoria de tasa de intereses al IPC, ampliación de plazos en los planes de amortización y otorgamiento de nuevos créditos, sin deudor solidario, para el segundo semestre del año 2020.

Estos son los principales beneficios:

1. Período de gracia en cuotas de créditos vigentes: Quienes se acojan a esta medida no pagarán las cuotas pactadas en las fechas previstas, sino que su plan de pagos se ampliará en el mismo número de meses o de cuotas en que se aplique el auxilio. Esto no significa que después se le juntarán pago pendientes con uno presente, sino que se corren los tiempos para el paso de las obligaciones comprendidas en el período de gracia.

2. Reducción transitoria de intereses al valor del IPC: Los beneficiarios de estratos 3, 4, 5 y 6 podrán solicitar la reducción transitoria de intereses al IPC en los créditos vigentes durante la vigencia del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. Esta medida implica una reducción de la tasa, quedando equivalente al IPC (3,80%) durante la vigencia del Plan de Auxilios Educativos Coronavirus COVID-19. Esta medida no aplica para los beneficiarios de los estratos 1 y 2, quienes ya disfrutan del beneficio de tasa subsidiada por la Nación.

3. Ampliación de plazos en los planes de amortización: Esta medida puede ser solicitada por todos los beneficiarios con créditos vigentes. Para los créditos de mediano plazo, la amortización se ampliará hasta en el doble del período inicial de pagos y para los créditos de largo plazo, la amortización se ampliará hasta el 50% del plazo original. La ampliación del plazo conduce a una disminución del valor de la cuota de pago mensual.

4. Otorgamiento de nuevos créditos para el segundo semestre de 2020 sin deudor solidario: Esta medida permitirá a los beneficiarios que solicitan por primera vez un crédito ante la entidad aplicar a una línea que no les exigirá como codeudor una persona natural o jurídica. En estos casos, la garantía de dichos créditos la asumirá el Fondo de Garantía Codeudor, con cargo a los recursos asignados para ello.

Otras medidas incluidas en el decreto incluyen las suspensión de los reportes a centrales de riesgo como DataCrédito, ampliación en otorgamiento y renovaciones de créditos, modificación de convocatorias internacionales y una activación de pólizas de salud para extranjeros en programas internacionales en Colombia.

Para acceder a estos beneficios, los interesados pueden comunicarse a través de una línea telefónica exclusiva 01 8000 916 821 en todo el país y 7467018 en Bogotá.

Aquí puede ver el decreto completo.

Siga en vivo el minuto a minuto de la evolución del COVID-19 en Colombia y el mundo aquí

Para ver todas las noticias de Bogotá visite www.conexioncapital.co. Encuéntrenos también en Facebook como Canal Capital.