El Ministerio de Salud redactó una propuesta de decreto para reglamentar la muerte asistida, también llamada eutanasia, en menores de edad. El proyecto se encuentra publicado con el fin de que las personas conocedoras del tema se sumen al debate y propongan correcciones o ajustes.

Después de la reglamentación de la eutanasia en adultos que permitió la sentencia de la Corte Constitucional T-970 de 2014, más de 40 personas han accedido al procedimiento. Basado en ese fallo, la sentencia T-544 de 2017 solicitó al alto tribunal que cree una reglamentación para que los niños, niñas y adolescentes tengan derecho para morir dignamente.

Por ese trámite judicial y administrativo, MinSalud decidió crear un primer borrador. Allí se estableció que “la prestación de los cuidados paliativos para ellos y ellas (niños, niñas y adolescentes) es una condición necesaria e imprescindible para acceder a otras alternativas de muerte digna como la anticipación de la muerte”.

Quienes podrán acceder a la anticipación de la muerte será aquellos que presenten limitaciones para la vida como enfermedades que a falta de tratamientos o “cura razonable” podrá morir o amenaza su vida. Así como aquellos que aunque tengan tratamiento, este no garantice la cura o pueda fallar y causar la muerte de la persona.

Pero no será a cualquier niño. El proyecto plantea que debe responder a tres conceptos cognitivos: 1)tengan la capacidad de comunicar la decisión, 2) entiendan lo que implica su decisión, 3) tengan capacidad de razonar y 4) tengan capacidad de juicio. Lo cual es determinado por estudios sobre la capacidad cognitiva según la edad y por psicólogos al momento de la decisión de la eutanasia.

Quienes quedan excluidos por estas cuatro condiciones son los recién nacidos, los niños de 0 a 6 años, los niños de 6 a 12 años tendrán condiciones especiales; además no podrán acceder a ese derecho quienes presenten estados alterados de conciencia, discapacidad cognitiva o trastornos que afecten la capacidad cognitiva de los menores.

Los niños de 6 a 12 años tendrán que tener el concepto de sus padres de forma obligatoria para acceder a la eutanasia. Aquellos de 12 a 14 años también tendrán que presentar la voluntad de sus padres, pero si no hay acuerdo entre las partes, prevalecerá la decisión del menor. En el caso de los mayores de 14 años, se considera que su decisión es autónoma y no necesitara del concepto de sus mayores.

Según el ministerio, Colombia es el primer país en América Latina en reglamentar la eutanasia, en el documento aún faltan los casos de estado vegetativo en menores o problemas mentales. Según explicó el ministro Alejandro Gaviria en una entrevista a la FM, esos temas deberán ser tratados en otros debates más complejos.

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