Foto: Pixabay

Rodrigo Tovar Pupo, alias 'Jorge 40', cumplió este martes su condena por narcotráfico en Estados Unidos. Se espera que sea deportado cuando las medidas de contención contra el coronavirus (COVID-19) así lo permitan.

‘Jorge 40’ fue procesado bajo la Ley 975 de 2005 (mejor conocida como Ley de Justicia y Paz) por los delitos de desplazamiento forzado, homicidio en persona protegida, tortura en persona protegida, desaparición forzada y reclutamiento ilícito, destrucción y apropiación de bienes protegidos, entre otros.

Posteriormente, Tovar Pupo fue expulsado de Justicia y Paz y extraditado a Estados Unidos el 13 de mayo de 2008, donde fue condenado por el delito de narcotráfico y cumplió una pena de 12 años.

Según detalló el diario colombiano El Tiempo, Tovar pasaría este martes "a un centro transitorio de detención en donde se evalúa su situación y si no hay otros requerimientos se inicia el proceso de deportación”.

Tovar aceptó su participación en más de 600 actos criminales durante sus años como líder del paramilitarismo en Colombia.

El pasado 17 de enero, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) negó el sometimiento de Tovar ante esta justicia transicional surgida del proceso de paz entre el Gobierno de Juan Manuel Santos y la extinta guerrilla de las Farc.

Sin embargo, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP aceptó estudiar su sometimiento en calidad de tercero. En este contexto, la JEP le indicó a 'Jorge 40' que presente pruebas que certifiquen que financió grupos de las autodefensas entre 1996 y 1998. Dicho delito sí puede ser juzgado por este organismo.

“La decisión de rechazarlo como excombatiente se tomó teniendo en cuenta que la JEP no tiene competencia material sobre los exintegrantes de grupos paramilitares ni de otros grupos armados ilegales distintos a las Farc-EP”, subrayó en su momento un comunicado de la JEP.

Frente a este tema, la Sala señaló: “El señor Rodrigo Tovar Pupo tuvo la oportunidad, en su calidad de exparamilitar, de someterse a Justicia y Paz, (…) pero fue excluido de ella por no contribuir con la verdad a la cual estaba obligado y haber incumplido los compromisos que había asumido. La JEP no es una justicia subsidiaria a la de Justicia y Paz, ni un nuevo escenario de justicia transicional que pueda ser utilizado como una estrategia oportunista para evadir los procedimientos y sanciones de la justicia ordinaria".

El documento añadió que "los miembros de las 'autodefensas' –incluso si llegaron a estar revestidos del estatus de combatiente– pueden comparecer si y solo si, antes o después de portar armas, actuaron como terceros financiadores o colaboradores. Acogiendo la interpretación de l​a Corte Constitucional sobre el conflicto, según la cual éste es un fenómeno social complejo y multicausal".

Cabe destacar que la solicitud de sometimiento hecha por Tovar Pupo, en septiembre de 2019, indica que fue “ideólogo, propulsor e integrante del proyecto de Autodefensa" y que desarrolló estrategias “para enfrentar a la guerrilla fuera de los cánones institucionales".

Con información de Anadolu.

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