Fotografía tomada de la Alcaldía de Bogotá.

Mediante el Decreto 442 el Distrito autoriza la realización de eventos presenciales de carácter público o privado que impliquen asistencia masiva, con un aforo del 100 %, siempre y cuando se solicite, como requisito al ingreso de los asistentes, el carné de vacunación contra el COVID-19.

¿Cuáles son los lugares en los que se pedirá el carné de vacunación?

De esta manera, según el Decreto 442, los lugares en los que, a partir del próximo 16 de noviembre, se exigirá el carné de vacunación contra COVID-19 o el certificado digital de vacunación, en el que se evidencie como mínimo la aplicación de la primera dosis de vacuna en Bogotá, son los siguientes:

  • Eventos presenciales de carácter público o privado que, "impliquen asistencia masiva con aforo del 100 %".
  • Bares y gastrobares.
  • Restaurantes.
  • Cines.
  • Discotecas.
  • Lugares de baile.
  • Conciertos.
  • Casinos.
  • Bingos.
  • Actividades de ocio.
  • Escenarios deportivos cuando se adelanten eventos masivos.
  • Parques de diversiones y temáticos.
  • Museos y ferias con un aforo máximo del 100 %.

De esta manera, el Decreto también establece que los establecimientos de comercio y cultura deberán solicitar el carné a la ciudadanía y cumplir con las medidas de autocuidado que indica la Secretaría de Salud, como el uso del tapabocas, ventilación de los espacios, lavado, desinfección de manos, entre otras.

Ahora, hay algunos lugares exentos de la medida como iglesias, transporte público, centros comerciales, debido a que el control lo debe hacer el local en su interior, hospitales y supermercados de abastecimiento alimentario.

Por su parte, la OMS alertó sobre el posible desabastecimiento de jeringas debido a la inmunización masiva, sin embargo, el Ministerio de Salud en Colombia manifestó que esto, aún, no es un riesgo en el país.

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